- Preguntas relacionadas sobre entidad
1. ¿Qué es la Agencia de Renovación del Territorio?
La Agencia de Renovación del Territorio hace parte de la arquitectura institucional creada a finales de 2015 para transformar el sector rural colombiano y cerrar las brechas entre el campo y la ciudad. Lo anterior, mediante la generación de procesos participativos de planeación, la inversión en proyectos de pequeña infraestructura, y el fomento de alternativas de desarrollo económico en zonas con altos índices de presencia de cultivos de uso ilícito.
2. ¿Qué es un núcleo veredal?
Es una agrupación de veredas que debe ser verificada en el territorio de la mano de los alcaldes y las autoridades del municipio. Un núcleo de veredas comparte rasgos territoriales y poblacionales comunes, y funciona como una unidad básica de planificación y ejecución de los planes de renovación territorial.
3. ¿Qué es el PDET?
El Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial -PDET, es un instrumento de planificación y gestión subregional de transformación integral del ámbito rural a 10 años, a través de los cuales se ponen en marcha con mayor celeridad los instrumentos de la Reforma Rural Integral en los territorios más afectados por el conflicto armado, la pobreza, las economías ilícitas y la debilidad institucional.
4. ¿Cuáles son los criterios para priorizar los municipios PDET?
Los criterios para la priorización de los territorios están definidos en el Acuerdo de La Habana y son cuatro: mayores índices de pobreza multidimensional, mayor afectación por economías ilícitas: cultivos de uso ilícito y minería ilegal, alta incidencia del conflicto armado y baja presencia institucional.
5. ¿Qué se busca con los PDET?
A través de los PDET se busca que los territorios implementen con mayor celeridad y recursos, los planes nacionales para la Reforma Rural Integral y otras acciones tendientes a la transformación de los territorios.
6. ¿Cómo se hace la ejecución de la obras y proyectos en los territorios?
El modelo de ejecución de las obras está basado en que sea la comunidad misma quien participe activamente de la planeación, ejecución, administración y seguimiento de las obras. Para esto, se definen lineamientos de contratación en donde se propone el modelo para cada caso, dependiendo de la fortaleza de las organizaciones locales, en especial las Juntas de Acción Comunal, su grado de organización, y sus capacidades técnicas y administrativas.
7. ¿Cómo contacto a la entidad en mí municipio o región?
Te invitamos a consultar el directorio de sedes y teléfonos, y contáctanos para que un funcionario de la Agencia te amplíe la información que requieres. Ingresa al siguiente link: /transparencia-acceso-informacion-publica/informacion-de-la-entidad/directorio-institucional
8. ¿De qué se encarga la Agencia?
Es la entidad encargada de liderar la construcción e implementación de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) del Punto 1 del Acuerdo de Paz y poner en marcha los acuerdos de sustitución de cultivos de uso ilícito (Punto 4) en los municipios priorizados para el posconflicto.
9. ¿En dónde interviene la Agencia de Renovación del Territorio?
La gestión está enmarcada en 16 regiones que abarcan aproximadamente 170 municipios priorizados por la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz – CSIVI.
10. ¿Qué es el Grupo Motor?
Es el conjunto de personas elegidas en el marco del proceso de planeación participativa de los PDET, dos por cada pilar (principal y suplente) y son los delegados de organizaciones de víctimas, organizaciones de género y del PNIS
- ABC Derechos de Petición (ley 1755 de 2015)
1. ¿Qué es el derecho de petición?
El derecho de petición es el derecho que tienen tanto las personas naturales como jurídicas para presentar solicitudes respetuosas ante autoridades o particulares, ya sea por motivos de interés general o personal. Este derecho también incluye la garantía de recibir una respuesta completa y fundamentada sobre la solicitud presentada.
2. ¿Qué es un derecho de petición de interés general?Un derecho de petición de interés general es una solicitud formal presentada ante autoridades o entidades con el objetivo de abordar o resolver asuntos que afectan a un grupo amplio de personas o a la comunidad en su conjunto, y no solo a intereses individuales. Este tipo de petición busca promover el bienestar colectivo, influir en políticas públicas, o asegurar el cumplimiento de normas que beneficien a la sociedad en general.
3. ¿Qué es un derecho de petición de interés particular?Un derecho de petición de interés particular es una solicitud formal dirigida a autoridades o entidades privadas para resolver o atender asuntos que afectan directamente al solicitante o a un grupo reducido de personas, y no necesariamente a la comunidad en general. Este tipo de petición se enfoca en necesidades, preocupaciones o problemas específicos de los individuos o entidades que la presentan.
4. ¿Qué es una petición de documentos?Una petición de documentos es una solicitud formal presentada a una autoridad, entidad pública o privada para obtener copias, accesos o información específica contenida en documentos oficiales o registros. Este tipo de petición busca que la entidad proporcione documentos o archivos relevantes para un propósito determinado, que puede estar relacionado con asuntos personales, legales, administrativos o de interés general.
5. ¿Qué es una petición de información?Una petición de información es una solicitud formal dirigida a una autoridad, entidad pública o privada, con el propósito de obtener datos, detalles o aclaraciones sobre un tema específico. Este tipo de petición busca obtener información relevante para el solicitante, que puede estar relacionada con asuntos personales, legales, administrativos o de interés general.
6. ¿Qué es una petición entre autoridades?Una petición entre autoridades es una solicitud formal que una autoridad, entidad o funcionario dirige a otra autoridad o entidad gubernamental para obtener información, asistencia, o acciones relacionadas con asuntos administrativos, legales o de interés público. Este tipo de petición se realiza en el contexto de la cooperación entre diferentes niveles o ramas del gobierno, o entre distintas agencias y entidades públicas.
7. ¿Qué es una petición realizada por un congresista?Las peticiones de congresistas son solicitudes formales que los miembros del Congreso (o Parlamento) hacen a las autoridades, entidades públicas o privadas, con el fin de obtener información, impulsar acciones, o resolver asuntos de interés que afectan a sus representados o a la sociedad en general. Estas peticiones son una herramienta importante para el ejercicio de sus funciones legislativas y de control, así como para la representación de los intereses de sus constituyentes.
8. ¿Qué es una petición de consulta?Una petición de consulta ante una autoridad es una solicitud formal presentada por una persona, organización o entidad para obtener información, aclaración o asesoramiento sobre asuntos relacionados con el ámbito de competencia de dicha autoridad. Este tipo de petición se utiliza para obtener respuestas oficiales sobre cuestiones administrativas, legales, normativas o de otro tipo que caen dentro del ámbito de la autoridad en cuestión.
9. ¿Qué es un traslado de una petición por competencia?Un traslado de una petición por competencia es el proceso mediante el cual una solicitud o petición presentada ante una autoridad o entidad es transferida a otra autoridad o entidad que tiene la competencia o jurisdicción adecuada para atenderla. Este mecanismo se utiliza para asegurar que las solicitudes sean tratadas por la entidad que tiene la responsabilidad y los recursos necesarios para resolverlas de manera efectiva.
10. ¿Qué significa PQRSDF?P: Petición Q: Queja R: Reclamo S: Sugerencia D: Denuncia F: Felicitación
11. ¿Qué es una queja?Una queja es una comunicación formal que expresa manifestación de descontento, insatisfacción o desacuerdo con respecto a la calidad de un servicio recibido o la conducta de un servidor público.
12. ¿Qué es un reclamo?Un reclamo es una manifestación de insatisfacción, ya sea verbal o escrita, que se presenta cuando se percibe que un servicio ha sido deficiente o que una autoridad no ha cumplido adecuadamente con sus responsabilidades.
13. ¿Qué es una sugerencia?Se refiere a la presentación, ya sea verbal o escrita, de una idea o propuesta dirigida a una entidad con el objetivo de mejorar la calidad de un servicio o la gestión institucional.
14. ¿Qué es una denuncia?Una denuncia es una comunicación a la autoridad competente sobre un hecho que se cree que infringe la ley. Su objetivo es que la autoridad investigue el asunto y tome las medidas pertinentes. La denuncia puede presentarse de forma escrita o verbal.
15. ¿Qué es una felicitación?Expresión de reconocimiento o agradecimiento por un servicio bien prestado o por la conducta destacada de un empleado o entidad.
16. ¿Cómo se identifica una petición incompleta?Identificar una petición incompleta implica evaluar si la solicitud presentada cumple con todos los requisitos y detalles necesarios para su adecuada tramitación. Aquí los criterios para determinar si una petición es incompleta:
Comprobar que la petición cuente con la designación de la autoridad a la que se dirige.
Revisar si la petición está claramente redactada y especifica de manera precisa el objeto de la solicitud.
Verificar si la petición incluye información de contacto actualizada y completa del solicitante como dirección, teléfono y correo electrónico. Lo falta de esta información puede dificultar la comunicación y el seguimiento.
Identificar si hay errores evidentes o inconsistencias en los datos proporcionados.
17. ¿Qué debe contener una petición?Toda petición deberá contener por lo menos:
La designación de la autoridad a la que se dirige.
Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.
El objeto de la petición.
Las razones en las que fundamenta su petición.
La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
La firma del peticionario cuando fuere el caso.
18. ¿Qué se debe hacer cuando se identifica que una petición está incompleta?Verificar exactamente qué información o documentación falta. Asegúrese de tener claro que aspectos específicos de la petición están incompletos.
Enviar un oficio al solicitante donde especifique de manera clara la información faltante, es importante relacionar una lista detallada de lo que se necesita para completar la petición. Este oficio debe ser enviado dentro de los diez (10) siguientes a la fecha de radicación para que éste complete en el término máximo de un (1) mes la información faltante.
Asegurarse de que el solicitante comprenda qué información o documentos adicionales se requieren para completar la petición.
Informarle al peticionario el plazo que tiene para allegar los documentos faltantes.
A partir del día siguiente en que el peticionario aporte los documentos o informes requeridos, se reactivará el término para resolver la petición.
En efecto se entenderá que el peticionario ha desistido de su solicitud o de la actuación cuando no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual.
Si vencidos los términos antes descritos el peticionario no complementó la información, la autoridad decretará desistimiento tácito y el archivo del expediente, mediante acto administrativo motivado, el cual debe ser notificado personalmente, contra él solo procede recurso de reposición, sin perjuicio de que la solicitud puede ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.
19. ¿A qué tipo de peticiones se les debe dar prioridad?Las autoridades deben dar prioridad a las peticiones que impliquen el reconocimiento de derechos fundamentales cuando su resolución sea urgente para evitar un perjuicio irreparable al peticionario. En estos casos, el peticionario deberá demostrar de manera sumaria la titularidad del derecho y el riesgo del perjuicio alegado.
Además, cuando la solicitud esté relacionada con razones de salud o seguridad personal, y exista un peligro inminente para la vida o integridad del solicitante, la autoridad tomará de inmediato las medidas de urgencia necesarias para mitigar dicho peligro, sin detrimento del proceso formal que se deba seguir para la petición.
Por otro lado, si la petición es realizada por un periodista en el ejercicio de su actividad profesional, se le dará un tratamiento preferencial.
20. ¿Cuáles son los términos para dar respuesta o tramitar las modalidades del derecho de petición?
PETICIÓN
TÉRMINOS EN DÍAS HÁBILES
Derecho de petición de interés general
15 días siguientes a la fecha de radicación.
Derecho de petición de interés particular
15 días siguientes a la fecha de radicación.
Derecho de petición de documentos y de información
10 días siguientes a la fecha de radicación.
Solicitudes de congresistas
5 días siguientes a la fecha de radicación.
Traslado por competencia
5 días siguientes a la fecha de radicación.
Peticiones entre autoridades
Si es para solicitud de documentos y/o de información su término es 10 días siguientes a la fecha de radicación. En los demás casos se resolverá en los 15 días hábiles siguientes a su radicación.
Peticiones incompletas
Se debe notificar al peticionario dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su radicación para que en un término máximo de un (1) mes complete la información.
Peticiones de consultas
30 días siguientes a la fecha de su recepción.
Queja
15 días siguientes a la fecha de radicación.
Reclamo
15 días siguientes a la fecha de radicación.
Sugerencia
15 días siguientes a la fecha de radicación.
Denuncia
15 días siguientes a la fecha de radicación.
21. ¿Qué implica la información reservada?
Según el artículo 24 del capítulo II de la ley 1755 de 2015 solo tendrán carácter reservado las informaciones y documentos expresamente sometidos a reserva por la Constitución Política o la ley, y en especial:
- Los relacionados con la defensa o seguridad nacionales.
- Las instrucciones en materia diplomática o sobre negociaciones reservadas.
- Los que involucren derechos a la privacidad e intimidad de las personas, incluidas en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales y demás registros de personal que obren en los archivos de las instituciones públicas o privadas, así como la historia clínica.
- Los relativos a las condiciones financieras de las operaciones de crédito público y tesorería que realice la nación, así como a los estudios técnicos de valoración de los activos de la nación. Estos documentos e informaciones estarán sometidos a reserva por un término de seis (6) meses contados a partir de la realización de la respectiva operación.
- Los datos referentes a la información financiera y comercial, en los términos de la Ley Estatutaria 1266 de 2008.
- Los protegidos por el secreto comercial o industrial, así como los planes estratégicos de las empresas públicas de servicios públicos.
- Los amparados por el secreto profesional.
- Los datos genéticos humanos.
22. ¿Cómo se procede cuando tenemos peticiones de información, pero ésta es de carácter reservado?Cuando se presenten peticiones de información de carácter reservado la autoridad debe revisar la solicitud para confirmar si la información solicitada es efectivamente reservada, lo que implica revisar la normatividad legal vigente que sustente la decisión de no proporcionar la información.
Si se confirma que la información es de carácter reservado, la entidad o autoridad debe informar al solicitante sobre el rechazo de su solicitud, explicando que la información no puede ser entregada debido a su naturaleza confidencial.
- ABC Obras por Impuestos
1. ¿Qué es Obras por Impuestos?
Es un mecanismo creado para que los contribuyentes puedan invertir parte de su impuesto de renta en la ejecución de proyectos con impacto económico y social en las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC, en los municipios donde se implementan los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET y Departamentos Amazónicos con población inferior a 85 mil habitantes.
Los contribuyentes pueden vincularse a los proyectos a través de dos(2) opciones: la Opción Fiducia, que se implementa desde el 2018, y permite a las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de renta invertir hasta el 50% de su impuesto en la ejecución de proyectos a través de una fiducia, que es la encargada de administrar los recursos y por medio de la cual se hace el proceso de contratación de los diferentes actores que se requieran para la ejecución del proyecto por parte del contribuyente, hasta entregarlo terminado y a satisfacción, para que la DIAN le extinga la obligación tributaria.
La Opción Convenio, se reglamentó en 2020 y permite que personas naturales y jurídicas contribuyentes del impuesto de renta realicen proyectos con recursos propios, a través de un convenio que firman con la entidad nacional competente para recibir en contraprestación Títulos para la Renovación del Territorio- TRT que podrán utilizar para pagar hasta el 50% del impuesto de renta, deudas que tengan por este concepto o negociarlos en el mercado. El régimen jurídico del convenio es conforme la naturaleza jurídica del contribuyente y el proceso de contratación lo hacen directamente, excepto el de la interventoría y conforme al régimen que les aplique.
2.¿Quiénes pueden acceder a Obras por Impuestos?
Las personas naturales y jurídicas contribuyentes del impuesto de renta que, en el año inmediatamente anterior a la vinculación, hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT (Unidad de Valor Tributario). Para el caso del convenio, adicionalmente el proyecto que deseen realizar no debe superar el 30% del patrimonio contable del contribuyente.
3. ¿Qué beneficios trae vincularse a Obras por Impuestos?
El mecanismo Obras por Impuestos no es un beneficio ni incentivo tributario, es una forma diferente de pagar el impuesto de renta por parte de los contribuyentes que se vinculen a los proyectos. Sin embargo, el mecanismo permite que los contribuyentes tengan la oportunidad única de ejecutar directamente su impuesto de renta, de saber en qué y en dónde lo invierten, de contribuir directamente al proceso de construcción de paz desarrollando proyectos de impacto económico y social en las zonas más afectadas por la violencia y la pobreza, al desarrollo y transformación territorial. Asimismo, es una estrategia que les permite fortalecer la confianza y el relacionamiento con las comunidades, enaltecer su imagen reputacional, avanzar en sus políticas de responsabilidad social, llevar inversiones a zonas de difícil acceso, estructurar proyectos con reconocimiento de gastos de preinversión, entre otros beneficios identificados por los mismos contribuyentes.
4. ¿Cuáles son los municipios beneficiarios del mecanismo?
A través de la Opción Fiducia se pueden beneficiar los 344 municipios definidos como las Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC entre los cuales se encuentra los municipios donde se implementan los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial – PDET (excepto Ciénaga, Santa Marta y Valledupar) y por la Opción Convenio se benefician los municipios ZOMAC, los 170 municipio PDET y los Departamentos Amazónicos con población inferior a 85 mil habitantes. El listado de municipios beneficiarios lo puede consultar en el siguiente link: https://www.renovacionterritorio.gov.co/#/es/publicacion/164/normativa
5. ¿Qué tipo de proyectos se pueden realizar?
A través de la Opción Fiducia, se pueden desarrollar proyectos de infraestructura o dotación relacionados con educación pública, salud pública, infraestructura vial, agua potable y saneamiento básico y energía.
Por la Opción Convenio, se amplían los sectores de inversión, y además de los mencionados anteriormente, los contribuyentes pueden realizar proyectos relacionados con infraestructura productiva, cultural y deportiva, bienes públicos rurales, adaptación al cambio climático y gestión del riesgo, pagos por servicios ambientales, tecnologías de la información y las comunicación y seguridad alimentaria y nutrición.
6. ¿Cuándo puedo presentar proyectos?
La presentación de proyectos se debe hacer de manera permanente y a través de la Metodología General Ajustada (MGA) del Departamento Nacional de Planeación (DNP), por parte de los contribuyentes y las entidades públicas de cualquier nivel.
7. ¿Los proyectos se deben ejecutar en el mismo año que me vínculo?
El tiempo de ejecución de un proyecto puede pasar de una vigencia a otra y dependerá del alcance y de los tiempos definidos en el cronograma de ejecución aprobado por las entidades nacionales competentes.
8. ¿Existe un rango de valor de los proyectos para poderlos presentar por el mecanismo Obras por Impuestos?
No, los proyectos pueden ser presentados por cualquier valor y conforme al alcance de este.
9. ¿Cuándo y cómo los contribuyentes se pueden vincular al mecanismo?
Los contribuyentes pueden vincularse al mecanismo cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley e ingresando al banco de proyectos de Obras por Impuestos a través del siguiente link: https://obrasporimpuestos.renovacionterritorio.gov.co/ObrasImpuestos, seleccionando el o los proyectos de su interés y presentando a través de la plataforma el formato de vinculación del impuesto (fiducia) y/o el de manifestación de interés (convenio) con los respectivos soportes que den cuenta del cumplimiento de los requisitos.
Por la Opción Fiducia: los contribuyentes se pueden vincular del 16 de febrero al 31 de marzo de cada año.
Por la Opción Convenio: los contribuyentes se pueden vincular del 2 al 31 de marzo y del 2 al 31 de agosto de cada año.
La Agencia de Renovación del Territorio es la encargada de recibir las solicitudes de vinculación y manifestaciones de interés. Además, es la entidad encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normatividad y realizar el proceso de aprobación de la vinculación de los contribuyentes mediante acto administrativo.
10. ¿Cómo se ejecutan los recursos?
Para la implementación del mecanismo el Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS asigna un cupo CONFIS por vigencia, con el fin de aprobar las solicitudes de los contribuyentes que se vincularon al mecanismo con el lleno de requisitos.Según la opción a la cual se haya acogido el contribuyente, deberá constituir una fiducia y depositar el valor del proyecto en la misma o deberá suscribir un convenio con la entidad nacional competente. De esta manera podrá ejecutar el o los proyectos, terminarlos y entregarlos a la entidad nacional competente listos para su funcionamiento y para que ésta haga la transferencia al ente territorial.
11. ¿Qué pasa, una vez se haya terminado la ejecución del proyecto?
El contribuyente debe hacer la entrega oficial del proyecto a la entidad nacional competente, para que lo transfiera a la entidad territorial o beneficiaria de este y emita certificación de recibido a satisfacción dirigida a la DIAN, para que ésta última le extinga la obligación tributaria al contribuyente por la Opción Fiducia y por la Opción Convenio para que el contribuyente reclame el Título para la Renovación del Territorio – TRT.
12. ¿Cuáles son los resultados de Obras por Impuestos?
El mecanismo se viene implementado desde el año 2018 y con resultados muy positivos para los territorios y las comunidades que están siendo beneficiadas. Los resultados año a año los puede consultar en el siguiente link: https://www.renovacionterritorio.gov.co/#/es/publicacion/160/resultados-oxi
13. ¿Dónde puedo encontrar el detalle de las opciones de Obras por Impuestos?
Si requiere mayor información o más detallada sobre el mecanismo Obras por Impuestos, la puede consultar en la página web de la ART, en el siguiente enlace: /obras-por-impuestos, donde también podrá consultar el Manual Operativo de Obras por Impuestos y sus respectivos anexos, que detallan el paso a paso de las diferentes etapas.
14. ¿Qué es la Mesa Nacional de Obras por Impuestos?
Es un espacio voluntario de dialogo multiactor y de incidencia que tiene por objetivo promover, posicionar y fortalecer el mecanismo de obras por impuestos, mediante la colaboración, interacción y coordinación entre el gobierno nacional, las entidades públicas, el sector privado, la sociedad civil, academia y la cooperación internacional, entre otros.
15. ¿Qué son las Mesas Territoriales de Obras por Impuestos?
Son espacios de dialogo multiactor de gestión y de incidencia que buscan promover, posicionar y fortalecer el mecanismo de obras por impuestos a nivel territorial, mediante la colaboración, interacción y coordinación de los actores relevantes.
16. ¿Qué se espera de la implementación de las mesas territoriales de obras por impuestos?
- Atraer nuevos contribuyentes.
- Analizar las necesidades del territorio en materia de gestión de proyectos potenciales a ser ejecutados mediante Obras por Impuestos (OxI).
- Promover acuerdos entre actores clave para la ejecución de proyectos de Obras por Impuestos (OxI).
- Presentar el balance (resultados) del mecanismo y generar sinergias que permitan conocer el estado de la ejecución de los proyectos en territorio.
- Promover el diálogo entre procesos e instancias de desarrollo regional y el mecanismo de Obras por Impuestos (OxI).
- Deliberar sobre asuntos clave y dar recomendaciones a la Mesa Nacional.
- Comunicar decisiones o lineamientos del nivel nacional.
- Promover procesos de gestión de conocimiento e intercambio de experiencias.
- ABC Certificación de concordancia - asignación para la paz - OCAD Paz SGR
1. ¿Qué es el certificado de concordancia?
Es el documento que certifica la correspondencia o conformidad de los proyectos de inversión que se sometan a consideración del OCAD Paz con las iniciativas consignadas en los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR), incluidas las contempladas en los pactos municipales y/o los objetivos del pilar de los PATR, de conformidad con los dispuesto en los artículos 3 y 4 de la Resolución 000141 de 2023.
2. ¿Cómo realizar la solicitud del certificado de concordancia?En cumplimiento de lo estipulado en el numeral 2 del Artículo 3 de la Resolución No. 000141 de 2024 “Por la cual se establecen las condiciones y requisitos para la solicitud y expedición de la certificación de concordancia de los proyectos que se sometan a consideración del OCAD Paz con las iniciativas de los Planes de Acción para la Transformación Regional — PATR y se deroga la Resolución No. 000111 de 2021”, expedida por la Agencia de Renovación del Territorio (ART), se ha dispuesto de un sistema de información para dar trámite a estas solicitudes, cuyo enlace con las instrucciones de ingreso al mismo podrá consultarse en la página web de la ART en el link de OCAD PAZ: https://portalart.renovacionterritorio.gov.co/Main/Acceso/Login?ReturnUrl=/Main/
3. ¿Cuáles son los requisitos y condiciones para el certificado de concordancia?Los requisitos establecidos para la solicitud de concordancia se encuentran definidos en los artículos 3 y 4 de la Resolución 000141 de 2024, de la siguiente manera:
Artículo 3. Condiciones para la solicitud de la certificación
- Son condiciones para la solicitud de certificación de concordancia las siguientes:
1. La solicitud de certificación solo podrá realizarse por los sujetos facultados para presentar proyectos a consideración del OCAD PAZ, de forma preliminar a la etapa de viabilidad del proyecto de inversión, una vez esté formulado y registrado en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas del Sistema General de Regalías (SUIFP-SGR). - La solicitud de certificación de concordancia deberá realizarse a través del sistema de certificaciones ART, en el cual se deberá registrar la siguiente información del proyecto de inversión:
- Nombre del proyecto de inversión.
- Código BPIN.
- Iniciativa(s) PATR sobre la(s) cual(es) se verificará la concordancia con el proyecto, incluyendo los siguientes datos:
- Código(s) de la(s) iniciativa(s).
- Título(s) de la(s) iniciativa(s). La solicitud del certificado deberá adjuntar el acta de socialización participativa en el formato dispuesto por la ART para el efecto, que puede ser consultado y descargado en la página Web de la ART /ocad-paz-0.
Parágrafo 1. Las iniciativas y descripciones de los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) podrán ser consultadas en la página Web de la ART www.renovacionterritorio.gov.co.Parágrafo 2. La información registrada en el sistema de certificaciones ART en cuanto al nombre y código BPIN del proyecto de inversión deberá corresponder a la información registrada en el SUIFP-SGR. Las solicitudes que no cuenten con la totalidad de la información requerida, o que estén incorrectas, serán devueltas al remitente para los cambios y ajustes correspondientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.
Artículo 4. Requisitos para la expedición de la certificación
Son requisitos para la expedición de la certificación de concordancia los siguientes:
- El cumplimiento de las condiciones establecidas para la solicitud del certificado dispuestas en el artículo 3 de esta resolución.
- El proyecto de inversión debe estar localizado en las zonas priorizadas para la implementación de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET, conforme el artículo 3 del Decreto 893 de 2017.
- El proyecto de inversión, en su alternativa de solución contenida en su Metodología General Ajustada – MGA, debe estar relacionado con la iniciativa identificada y/o los objetivos del pilar al que pertenezca dicha iniciativa.
- La localización de la población/beneficiarios del proyecto de inversión debe coincidir con la localización definida en la iniciativa y/o su descripción.
- Son condiciones para la solicitud de certificación de concordancia las siguientes:
- ABC Gestión de Financiamiento
1. ¿Cuáles son las fuentes que financian PDET?
En virtud de lo establecido en el artículo 9 del Decreto Ley 893 de 2017 “Por el cual se crean los programas de Desarrollo con Enfoque Territorial-PDET”, los PDET, y sus Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) serán financiados con recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN), del Sistema General de Participaciones (SGP), del Sistema General de Regalías (SGR), así como con fuentes públicas, privadas y de cooperación internacional, conforme a sus respectivos regímenes legales.
2. ¿Cuáles son las transferencias exclusivas para grupos étnicos que pueden ser encaminadas a la financiación de proyectos PDET?
Las transferencias exclusivas para Grupos Étnicos deben ser encaminadas a la financiación de proyectos alienados con iniciativas PDET, de acuerdo con la normatividad respectiva:
Tabla 1. Requisitos en relación con las fuentes de financiación
FUENTE DE FINANCIACIÓN
REQUISITOS DE ACCESO / EJECUCIÓN
¿QUIÉN PUEDE ACCEDER?
SGR Grupos étnicos Los municipios con ingresos corrientes por concepto de asignaciones directas destinarán el 4,5% y los departamentos el 2% de su presupuesto bienal vigente por dicho concepto, para proyectos de inversión con enfoque diferencial en los Pueblos y Comunidades Indígenas y las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras que se encuentren asentadas en aquellas entidades territoriales, debidamente acreditadas por la autoridad competente”.
Según el Artículo 73 de la Ley 2056 de 2020, del 15% total para la asignación local, se destinará 2.32 % para la financiación de proyectos de inversión con enfoque étnico. Los cuales se distribuirán por cada grupo étnico así: 1% para pueblos indígenas, 1.1% para comunidades Negras, Afrocolombianas, raizales y Palenqueras y 0.22% para el pueblo Rom (Gitano).
Financia Proyectos de inversión que promuevan el desarrollo de país y de las comunidades étnicas, que se encuentren dentro de los ejercicios de planeación que respondan a la autonomía y la autodeterminación de las comunidades étnicas. Para las Asignaciones directas deben estar incluidos dentro del Plan de Desarrollo territorial.
Podrán acceder a estos recursos las comunidades étnicas acreditadas ante el Ministerio del interior
Asignación Especial SGP Resguardos Indígenas Ley 1450 de 2011 establece que el recurso es de libre destinación para la financiación de proyectos de inversión que atiendan a usos y costumbres/Ley de Origen. La AESGPRI no requiere gestión, la oportunidad consiste en la formulación de proyectos alineados con las iniciativas PDET donde la AESGPRI es la fuente principal de apalancamiento.
El Decreto 1953 de 2014 reglamenta la administración directa y se establecen las disposiciones adicionales de cómo seguir administrando el recurso desde las ET, lo anterior define las dos modalidades de administración del recurso: Resguardos indígenas Certificados (administración directa) y Resguardos indígenas No Certificados (municipio administrador).
Resguardos indígenas legalmente constituidos en todo el territorio nacional
- Preguntas frecuentes Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito
1. ¿Qué es el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS)?
Como parte de la Política de Estabilización: Paz con Legalidad y en congruencia con el punto 4 del Acuerdo Final, Solución al problema de las drogas ilícitas, el PNIS es la estrategia a través de la cual el Gobierno Nacional se propone: “generar condiciones materiales e inmateriales de bienestar y buen vivir para las poblaciones afectadas por cultivos de uso ilícito, en particular para las comunidades campesinas en situación de pobreza que en la actualidad derivan su subsistencia de esos cultivos, y de esa manera encontrar también una solución sostenible y definitiva al problema de los cultivos de uso ilícito y a todos los problemas asociados a ellos en el territorio”.
2. ¿Cuándo surge el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS)?
El PNIS se crea oficialmente el 29 de mayo de 2017 por medio del Decreto Ley 896, el cual lo adscribe a la Dirección para la Sustitución de Cultivos Ilícitos (DSCI). De acuerdo con el Decreto Ley, “el Programa tiene por objeto promover la sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito, a través del desarrollo de programas y proyectos para contribuir a la superación de condiciones de pobreza y marginalidad de las familias campesinas que derivan su subsistencia de los cultivos de uso ilícito”.
3. ¿Cuántas familias firmaron compromisos de sustitución voluntaria a nivel nacional?
Un total de 99.097 familias firmaron compromisos de sustitución voluntaria a nivel nacional, encontrándose en diferentes estadios de atención dentro del programa. En todo caso, las vinculaciones al PNIS se cerraron definitivamente en 2017.
4. ¿En cuales Parques Naturales Nacionales PNN se está realizando intervención por parte del PNIS?
En el área de influencia del PNIS existen 11 PNN, así: La Paya -Macarena – Chiribiquete – Tinigua – Paramillo – Farallones - Alto Fragua – Tuparro - Munchique – Picachos – Orito. No obstante, en el marco de la implementación del programa teniendo en cuenta el número de familias y hectáreas de coca identificadas, se ha previsto adelantar acciones con las familias vinculadas al PNIS bajo modelos ambientalmente sostenibles en 6 PNN a saber: PNN Paramillo, PNN Macarena, PNN Tinigua, PNN Farallones, PNN Alto Fragua y PNN La Paya.
5. ¿Qué es la Asistencia Alimentaria Inmediata (AAI)?
Consistió en la entrega de una remuneración económica por el adelantamiento de actividades de apoyo a la sustitución voluntaria de cultivos ilícitos, adecuación y preparación de tierras para siembras legales y trabajos de interés comunitario. En total implicó una inversión de hasta DOCE MILLONES DE PESOS por núcleo familiar inscrito y activo en el programa.
6. ¿En qué consiste el Autosostenimiento y Seguridad Alimentaria (AySA)?
Consiste en un proyecto orientado a generar condiciones de disponibilidad y acceso de alimentos para llevar una vida saludable y activa. En total implica una inversión de un millón ochocientos mil pesos por familia.
7. ¿Qué significa Proyecto Productivo ciclo corto y ciclo largo (PPCC-PPCL)?
Consiste en la implementación de proyectos productivos que fortalezcan la base económica local y regional en el corto, mediano y largo plazo. Al tiempo, los proyectos productivos tienen el propósito de ofrecer fuentes estables y sostenibles de ingresos a las familias vinculadas, a través de la implementación de alternativas agrícolas, pecuarias, forestales, de transformación y/o de servicios. En total implica una inversión de diecinueve millones de pesos por familia.
8. ¿En qué consiste la Asistencia Técnica Integral (ATI)?
Consiste en un servicio, adelantado por un equipo profesional y técnico, enfocado a acompañar a las familias vinculadas al PNIS, en la implementación y/o fortalecimiento de sus actividades productivas lícitas. En total implica una inversión de tres millones doscientos mil pesos por familia.
9. ¿Qué se entiende por Monitoreo y evaluación en el programa PNIS?
Procedimiento a través del cual se identifican los predios con cultivos ilícitos, se caracterizan las familias vinculadas al PNIS y verifican el cumplimiento de los compromisos adquiridos. En el marco del PNIS se conciben cuatro ejercicios de monitoreo, un primer monitoreo donde se establece la línea de base de los cultivos ilícitos y la caracterización de las familias vinculadas. Un segundo monitoreo donde se verifica el levantamiento total y de raíz de los cultivos ilícitos. Un tercer monitoreo donde se verifica la no resiembra y avance de la implementación de los componentes del PAI familiar y, finalmente, un cuarto ejercicio de monitoreo donde se verifica la no resiembra y se elabora la línea final del programa de tal forma que se cuente con la información suficiente para evaluar los resultados y la efectividad de la intervención.
10. ¿Qué son los Planes Integrales Comunitarios y Municipales de Sustitución y Desarrollo Alternativo (PISDA)?
Los Planes Integrales Comunitarios y Municipales de Sustitución y Desarrollo Alternativo (PISDA), surgen como la herramienta de planeación territorial participativa que convoca a comunidades, autoridades locales y Gobierno Nacional, entorno a la formulación de acciones que transformen estructuralmente los departamentos y municipios donde opera el PNIS. Para el cumplimiento satisfactorio de tal propósito, el Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos (DSCI), ha adelantado la formulación de 56 documentos PISDA y actualmente trabaja por vincular estos a la Hoja de Ruta Única, mecanismo estratégico de cara a la implementación de la Política de Estabilización Paz con Legalidad y la articulación exitosa de los instrumentos de planeación derivados del Acuerdo Final.
De estos 56 documentos PISDA 48 corresponde al principio de integración entre los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y PISDA, de acuerdo con el cual “en los casos donde el PNIS coincida con las zonas priorizadas por los PDET, la integración (…) se hará atendiendo la metodología participativa de los Planes de Acción para la Transformación Regional”. En consecuencia, los documentos PISDA de los 48 municipios PNIS – PDET tuvieron como insumo 812 iniciativas PDET marcadas con etiqueta “sustitución de cultivos ilícitos” producto de la ruta metodológica implementada por la ART. Los restantes 8 documentos PISDA corresponden a municipios no PDET como son: Bolívar, Dagua, El Dovio, Piamonte, Rosas, Ipiales, Barrancominas y Cumaribo, los cuales fueron suscritos en diciembre del 2020.
11. ¿Cuáles son los espacios de participación definidos para el PNIS?
Tal como lo señala el Decreto 1081 de 2015, modificado por el Decreto 362 de 2018, el PNIS cuenta con espacios de participación que incluyen a la comunidad, dentro de los cuales podemos mencionar: los Consejos Asesores Territoriales, las Comisiones Municipales de Planeación Participativa y los Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento. Además, existe la Junta de Direccionamiento Estratégico, como escenario de diálogo, orientación, evaluación y monitoreo de la gestión e implementación del PNIS, en concordancia con el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera; y el Consejo Permanente de Dirección, creado como instancia de apoyo a la Dirección General del PNIS.
12. ¿Qué son los Consejos Asesores Territoriales?
Los Consejos Asesores Territoriales son instancias de articulación entre los niveles nacionales y territoriales del PNIS desarrollando las siguientes funciones:
Articular las orientaciones del PNIS con el nivel territorial, y recoger las iniciativas municipales y locales, con el fin de dar recomendaciones para la construcción de los PISDA.
Apoyar en la identificación de necesidades y oportunidades territoriales para la formulación de los PISDA.
Promover la integración de los PISDA a los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) como visión del territorio.13. ¿Quiénes integran los Consejos Asesores Territoriales?
Los Consejos Asesores Territoriales estarán compuestos por las autoridades nacionales, regionales y locales, representantes de las FARC-EP, reincorporados o en proceso de reincorporación a la vida civil, voceros o delegados de las comunidades que hacen parte de los Consejos Municipales de Planeación Participativa de los territorios afectados por la presencia de cultivos ilícitos y por la Dirección para la Sustitución de Cultivos de uso ilícito.
14. ¿Qué son las Comisiones Municipales de Planeación Participativa?
En cada municipio donde se desarrolle el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), la Comisión Municipal de Planeación Participativa será la instancia de coordinación entre las Asambleas Comunitarias y el PNIS, para la construcción de los PISDA, sin perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades públicas.
15. ¿Quiénes integran las Comisiones Municipales de Planeación Participativa?
Las Comisiones Municipales de Planeación Participativa estarán integradas por:
- Un (1) delegado de las comunidades por cada núcleo veredal, elegido en Asamblea Comunitaria.
- Un (1) delegado de la Dirección para la Sustitución de Cultivos Ilícitos.
- Un (1) delegado de las FARC - EP reincorporado o en proceso de reincorporación a la vida civil.
- Un (1) delegado de la Alcaldía.
- Un (1) delegado del Departamento.
- Delegados residentes en la zona, de las organizaciones sociales con presencia en el territorio.
16. ¿Cuáles son las Funciones de las Comisiones Municipales de Planeación Participativa?Son funciones de las Comisiones Municipales de Planeación Participativa las siguientes:
- Articular las diferentes propuestas de las Asambleas Comunitarias para construir el Plan Integral Comunitario y Municipal de Sustitución y Desarrollo Alternativo, PISDA.
- Articular con las autoridades locales y los Consejos Asesores Territoriales para la integración del PNIS a los Planes de Desarrollo Municipales y Departamentales, a los Planes de Ordenamiento y al PATR.
- Promover la participación de organizaciones sociales y los grupos poblacionales de los territorios afectados por cultivos de uso ilícito, con enfoque territorial, étnico y de género, en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los PISDA.
- Servir como canal de comunicación para la rendición de cuentas de forma periódica a las Asambleas comunitarias sobre el desarrollo de los PISDA.
- Armonizar, de acuerdo con lo concertado en las Asambleas comunitarias, los tiempos para el cumplimiento de los compromisos mutuos por parte del Gobierno Nacional y las comunidades en el marco del PNIS.
- Mantener interlocución directa con los Consejos Asesores Territoriales en torno a la implementación del PNIS y el PISDA.
- Integrar la visión municipal de las Asambleas Comunitarias para la articulación en los Consejos Asesores Territoriales.
- Socializar con las Asambleas comunitarias la visión de territorio emanada del Consejo Asesor Territorial.
- Apoyar y asesorar a las Asambleas comunitarias en las cuales se diseñarán los planes concertados de sustitución y recuperación ambiental de las áreas afectadas por cultivos de uso ilícito.
17. ¿Qué son los Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento?
El Consejo Municipal de Evaluación y Seguimiento es la instancia encargada de realizar el seguimiento y la evaluación de la ejecución y cumplimiento de los planes comunitarios y planes municipales de sustitución y desarrollo alternativo -PISDA y los Planes de Atención Inmediata (PAI), y presentar informes a las Asambleas Comunitarias, a las Comisiones Municipales de Planeación Participativa y al Consejo Asesor Territorial. Lo anterior sin perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades públicas.
18. ¿Quiénes integran los Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento?
Los Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento estarán conformados por delegados de las Asambleas comunitarias, delegados de las autoridades nacionales, departamentales y municipales, y delegados de las FARC-EP reincorporados o en proceso de reincorporación a la vida civil, según los criterios que para el efecto establezca la Dirección del PNIS, a partir de las recomendaciones del respectivo Consejo Asesor Territorial.
Trámites de renegociación del PNIS (Resolución número 0021 del 16 de julio de 2024).
1. ¿Cuál es el objetivo de la Resolución Número 0021 de 2024, en relación con la renegociación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS)?
La Resolución No. 0021 de 2024 tiene como objetivo establecer el procedimiento de renegociación de la operación de los proyectos productivos de ciclo corto y largo del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS). Esta resolución se basa en lo previsto en el parágrafo 5° del artículo 7° del Decreto-ley 896 de 2017, que fue adicionado por el artículo 10° de la Ley 2294 de 2023.
2. ¿Cuáles son los principios que deben guiar la renegociación de los proyectos productivos en el marco del PNIS?
La renegociación de los proyectos productivos en el marco del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) debe basarse en el fomento de la asociatividad comunitaria, el impulso a la transformación agroindustrial y la articulación interinstitucional. Estos principios buscan materializar los propósitos de transformación territorial y productiva establecidos en el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, así como en el Decreto-ley 896 de 2017.
3. ¿Cuántas veces se pueden renegociar los proyectos productivos en el marco del PNIS y qué condiciones deben cumplir?
Los proyectos productivos en el marco del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) podrán renegociarse una sola vez, sin perjuicio de los ajustes que puedan hacerse posteriormente a la renegociación suscrita. Esta renegociación podrá hacerse a través de modelos productivos agropecuarios y no agropecuarios, los cuales deben estar contenidos en planes de inversión que sean presentados a la Dirección de Sustitución de Cultivos por cada núcleo familiar beneficiario para su revisión y aprobación.
4. ¿Qué componentes incluye la renegociación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) según el artículo quinto del acto administrativo?
La renegociación del PNIS incluye los siguientes componentes:
1. El pago de labores de alistamiento, previo a la implementación del proyecto productivo.
2. La adquisición de insumos y materiales necesarios para la implementación del proyecto productivo, que se realizará a través de los Bancos de Proveedores Locales autorizados por la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito. Estos proveedores serán propuestos localmente por los beneficiarios del programa, teniendo en cuenta su ubicación territorial.
3. Las labores de asistencia técnica para garantizar la sostenibilidad productiva y financiera del proyecto.
5. ¿En qué circunstancias pueden los planes de inversión de los núcleos familiares beneficiarios destinarse al pago de obligaciones financieras?
De forma excepcional, los planes de inversión presentados por los núcleos familiares beneficiarios pueden orientarse al pago de obligaciones financieras que hayan sido contraídas para el desarrollo de los proyectos productivos en el marco del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS). Esto es aplicable en casos donde dichos proyectos se hayan visto afectados por dificultades en la implementación del programa, así como en otros proyectos relacionados con la sustitución de cultivos de uso ilícito. Estas situaciones serán revisadas por la DSCI en cada caso concreto.
6. ¿Qué apoyo brinda la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) a los núcleos familiares beneficiarios en el proceso de renegociación?
La Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI), de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), puede ofrecer asistencia técnica y capacidad logística a cada núcleo familiar beneficiario. Esto les permitirá presentar el plan de inversión adecuado para el proceso de renegociación, el cual será aprobado posteriormente mediante la expedición del acto administrativo correspondiente, según lo establecido en el inciso final del parágrafo 5° del artículo 7 del Decreto-ley 896 de 2017, adicionado por el artículo 10° de la Ley 2294 de 2023.
7. ¿Cuál es el enfoque que la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) busca promover en los planes de inversión de los núcleos familiares beneficiarios dentro del PNIS?
La Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) busca promover que, en línea con el criterio de voluntariedad del proceso de renegociación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), los planes de inversión propuestos por los núcleos familiares beneficiarios se integren en líneas productivas priorizadas. Esto permitirá su desarrollo asociativo en las etapas de transformación y comercialización de productos, especialmente en el caso de los planes de inversión agropecuarios.
8. ¿Qué proceso seguirá la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) una vez que los núcleos familiares beneficiarios hayan suscrito sus planes de inversión?
Una vez que los núcleos familiares beneficiarios hayan suscrito sus planes de inversión, la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI), de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), llevará a cabo un análisis para verificar el cumplimiento de los presupuestos técnicos y jurídicos de dichos planes. Esto incluye asegurarse de que se apeguen a las normas constitucionales, legales y reglamentarias, así como a la compatibilidad de las actividades con los usos de suelo, los determinantes ambientales y otros condicionantes. Posteriormente, la DSCI expedirá el acto administrativo de aprobación correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 5° del artículo 7° del Decreto-ley 896 de 2017, adicionado por el artículo 10° de la Ley 2294 de 2023.
Criterios y aplicación de tratamiento diferencial (resolución número 0027 del 3 de septiembre de 2024).
1. ¿Cuál es el objetivo del tratamiento diferencial del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) y qué situaciones se consideran para otorgar un tratamiento diferencial y preferencial a los beneficiarios?El objetivo es establecer las condiciones y requisitos que aseguren un tratamiento diferencial y preferencial a los grupos familiares beneficiarios del programa que se encuentren en alguna de estas situaciones: I. Titulares que tengan setenta (70) años o más; II. Aquellos que presenten una condición de discapacidad debidamente comprobada que impida la implementación del programa; III. Beneficiarios cuyos recursos disponibles dentro del programa sean inferiores a DOS MILLONES DE PESOS moneda legal ($2.000.000,00). Esto busca garantizar un apoyo adecuado a quienes más lo necesitan.
2. ¿Pueden solicitar los titulares del PNIS el tratamiento diferencial establecido en la resolución si se suministraron los insumos como parte del proceso de Renegociación?
NO. Los titulares de los núcleos familiares beneficiarios pueden solicitar el tratamiento diferencial previsto en la presente resolución únicamente hasta antes de recibir los insumos y materiales que resulten del proceso de renegociación mencionado en la Resolución 0021 de 2024, expedida por la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito.
3. ¿Es obligatorio el tratamiento diferencial si no quiero la aplicación de este aun cuando reúno las condiciones solicitadas para su aplicación en concordancia con la Resolución 0027 de 2024?
NO, la aplicación del tratamiento diferencial no es de carácter obligatorio. La solicitud debe ser realizada por el titular que desee, de manera voluntaria, que la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (DSCI) aplique un tratamiento diferencial en función de sus condiciones específicas, de acuerdo con lo establecido en la resolución mencionada. Esto permite que cada beneficiario decida si desea acceder a este tipo de tratamiento o por el contrario seguir desarrollando su proyecto productivo.
4. ¿Qué condición adicional debe cumplir el titular del núcleo familiar para solicitar el tratamiento diferenciado en la entrega de recursos independientemente del monto?
Además de no haber cambiado el titular del CUB en los últimos dos años (contados a partir del 4 de septiembre de 2024), el solicitante debe tener 70 años o más al momento de presentar la solicitud, o presentar una condición de discapacidad debidamente certificada conforme la Resolución 1239 de 2022, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
5. ¿Qué deben presentar los titulares del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) al solicitar la entrega excepcional de recursos debido a su edad?
Los titulares del PNIS que deseen solicitar la entrega excepcional de recursos disponibles debido a su edad deben acompañar su solicitud con una copia legible de su documento de identidad. Esto es necesario para verificar su elegibilidad y asegurar que el apoyo se destine a quienes realmente lo necesitan. Además, la titularidad de su núcleo familiar no debe haber sido rotada con posterioridad al 4 de septiembre de 2022; salvo que la rotación haya ocurrido posteriormente por la muerte del titular o por condena de este a pena privativa de la libertad. Estas situaciones serán revisadas por la DSCI en cada caso concreto.
6. ¿Qué documentación deben presentar los titulares del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) al solicitar la entrega excepcional de recursos por una condición de discapacidad?
Los titulares del PNIS que soliciten la entrega excepcional de recursos debido a una condición de discapacidad que impida la implementación del proyecto productivo deben adjuntar a su solicitud el certificado de discapacidad que acredite dicha condición. Este certificado es expedido por las instituciones prestadoras de servicios de salud autorizadas, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1239 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social. Esto asegura que la solicitud esté respaldada por la documentación adecuada y pueda ser atendida favorablemente.
NO podrán ser tenidos en cuenta ningún otro tipo de soportes, tales como incapacidades, historias clínicas o cualquier documento diferente a la certificación señalada, pues la DSCI no tiene ni la capacidad ni la competencia legal para determinar qué tipo de enfermedades o condiciones particulares pueden ser generadoras de discapacidad. En ese sentido, será el interesado quien deberá solicitar su certificado conforme la Resolución 1239 de 2022. Este es expedido de forma rápida y gratuita por su entidad de salud respectiva y es en esa instancia donde deberá agotar el trámite probatorio que le sea requerido. Además, la titularidad de su núcleo familiar no debe haber sido rotada con posterioridad al 4 de septiembre de 2022; salvo que la rotación haya ocurrido posteriormente por la muerte del titular o por condena de este a pena privativa de la libertad. Estas situaciones serán revisadas por la DSCI en cada caso concreto.
7. ¿A quiénes se aplica la entrega excepcional de saldos inferiores a dos millones de pesos a favor de beneficiarios del PNIS?
Se aplica a los Titulares del programa PNIS que están clasificados en las categorías de cultivador y no cultivador. Estos titulares pueden solicitar la entrega excepcional de recursos si tienen disponibles menos de dos millones de pesos moneda legal o hasta ($ 2.000.000). Estas situaciones serán revisadas por la DSCI en cada caso concreto.
8. ¿Qué recurso administrativo pueden interponer los beneficiarios si se les deniega la entrega del recurso disponible como parte del tratamiento excepcional solicitado?
Si se deniega la entrega del recurso como parte del tratamiento excepcional, los beneficiarios pueden interponer el recurso de reposición. Este recurso debe ser presentado de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 74 y 76 de la Ley 1437 de 2011. Esto es, máximo dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la notificación del acto administrativo.
9. ¿Qué significa que el núcleo familiar beneficiario renuncie al componente de Asistencia Técnica Integral (ATI) al solicitar el tratamiento diferencial?
Al presentar la solicitud de tratamiento diferencial, el núcleo familiar beneficiario renuncia de forma expresa e irrevocable al componente de Asistencia Técnica Integral (ATI), puesto que una vez se le entreguen excepcionalmente los recursos ya no requerirá apoyo ni acompañamiento en la implementación o fortalecimiento de actividades productivas. En esencia, están optando por manejar sus propias iniciativas de manera autónoma, sin la asistencia que el programa ATI podría ofrecerles.
10. ¿Qué implica la aprobación de medidas diferenciales para los núcleos familiares beneficiarios en relación con su vinculación al Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS)?
La aprobación de cualquier medida diferencial para los núcleos familiares beneficiarios que así lo soliciten significa que su vinculación al Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS) se dará por concluida de manera satisfactoria. Esta finalización se formalizará mediante un acto administrativo que autorice la entrega del recurso como parte del tratamiento excepcional, y se concretará con la entrega efectiva del recurso al núcleo familiar beneficiario.
- Proyectos de Infraestructura
1. ¿Cuáles son los tipos de proyectos de Infraestructura que adelanta la ART en el sector educación?
Los proyectos de infraestructura que adelanta la ART en el sector de educación rural se contemplan proyectos de construcción, ampliación y mejoramiento en sedes rurales de educación primaria y secundaria y media y complementos en Centros de Desarrollo Infantil como parques infantiles, placas polideportivas y parques biosaludables.
2. ¿Qué son los de proyectos de Infraestructura social y comunitaria que adelanta la ART?Son proyectos con alcances en obras civiles que promueven la integración comunitaria de las distintas poblaciones en el territorio, para aumentar su confianza y potenciar su desarrollo. Estos proyectos deben de ser estructurados y ejecutados mediante procesos que promuevan la participación de organizaciones comunitarias para fortalecer su capacidad de gestión, fomentar la transparencia de la implementación, cultivar el cuidado y la responsabilidad hacia lo público, garantizar la sostenibilidad de los proyectos.