El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).
Conoce el Calendario de Actividades de Participación Ciudadana
A través de esta sección, la ciudadanía puede apreciar las actividades que organiza la Agencia de Renovación del Territorio, en las cuales pueden participar y ejercer control social.
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Mecanismos de Control Social en la ART
La ciudadanía ejerce control social especialmente a dos temas desarrollados por la ART: Proyectos realizados en municipios PDET y al Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS).
Proyectos realizados en municipios PDET
- Comités de Acompañamiento Comunitario (CAC)
Son un mecanismo que contempla la ART para el seguimiento a los proyectos de infraestructura que gestiona. Este seguimiento constituye un mecanismo de control social que se inicia desde la socialización del proyecto con la comunidad y se mantiene durante su ejecución, para finalmente verificar que éste se entregue en las condiciones técnicas y de calidad que fueron establecidas en su priorización y estructuración.
Es muy importante tener presente que las acciones de control social que son posibles mediante la conformación y funcionamiento de los CAC no son mecanismos exclusivos de la ART, sino que obedecen a un extenso marco normativo que reglamenta los mecanismos de la democracia participativa.
Los Comités de Acompañamiento Comunitario–CAC son elegidos democráticamente en el marco de la Socialización del Proyecto y están conformados por:
- Delegados de las comunidades beneficiarias del proyecto: Sus representantes serán definidos en consenso con las mismas y serán mínimo (1) y máximo (5) delegados por comunidad. En todo caso, solo tendrán un voto como miembros del comité y cuando una o varias de las comunidades sean organizaciones ejecutoras de los proyectos.
- Un representante del Contratista.
- Un representante del Interventor.
- El Coordinador regional o la persona que designe la ART.
Para cada proyecto se deberá implementar un Comité de Acompañamiento Comunitario, que tendrá al menos de 3 momentos:- Conformación del CAC y socialización de su alcance.
- Seguimiento a la ejecución de actividades del proyecto, donde se trabajará el desarrollo de capacidades para el control social.
- Cierre del proceso y rendición de cuentas.
Funciones del Comité de Acompañamiento Comunitario
- Socializar a la comunidad beneficiada, el estado de ejecución de los proyectos, sus modificaciones, contratiempos, resultados, conclusiones, etc.
- Identificar elementos clave para el desarrollo de aspectos de fortalecimiento comunitario.
- Sugerir ajustes, modificaciones y complementos a las acciones que se desarrollen en beneficio del fortalecimiento comunitario, con el fin de alcanzar el objetivo propuesto.
- Realizar el control social de los proyectos admitidos para ejecución.
- Los representantes de la ART y el contratista en el comité de acompañamiento comunitario, informarán a los miembros del comité operativo sobre los avances y sugerencias que puedan surgir en las sesiones del CAC, y que deban discutirse en el Comité Operativo.
- Comités de Control Social y Seguimiento (CCSS)
Objetivos del Comités de Control Social y Seguimiento CCSS
- Garantizar la participación incidente y veeduría de la población, en la estructuración e implementación de los proyectos en territorios PDET.
- Fortalecer los liderazgos, organizaciones y autoridades comunitarias en el manejo eficiente de los recursos públicos.
- Facilitar la participación directa de las comunidades sobre las decisiones de los proyectos en los municipios PDET.
Operatividad del Comité
Su alcance inicia desde la socialización del convenio con la comunidad y se mantiene durante su ejecución, para finalmente verificar que los productos sean entregados en las condiciones técnicas y de calidad contratadas. Este Comité deberá sesionar mínimo 3 veces.
Integrantes del Comité de Control Social y Seguimiento
- Delegados/as de las comunidades beneficiarias del proyecto. Sus representantes serán definidos en consenso con las mismas y serán mínimo tres (3) delegados/as, en representación de los grupos sociales: comunidades étnicas, campesinas, mujeres, víctimas del conflicto, población con discapacidad, población LGBTI, entre otros de la región.
- Un representante del contratista.
- Un representante de la ART.
Funciones del Comité de Control Social y Seguimiento (Comunidad/actores sociales):- Como representantes de la comunidad beneficiaria, deben informar a los demás miembros de la comunidad o sus organizaciones acerca de los temas tratados en las reuniones, para lo cual dispondrán de los espacios propios para cumplir con ese encargo.
- Deberán entregar un acta que dé cuenta del desarrollo de la socialización con la comunidad.
- Socializar y recoger las observaciones de la comunidad sobre el estado de ejecución del convenio, sus modificaciones, contratiempos, resultados, conclusiones, entre otros.
- Generar alertas frente a dificultades o inconvenientes identificados durante la ejecución del convenio.
- Plantear posibles soluciones a las alertas, dificultades o inconvenientes identificados.
Toda la información se publica de manera trimestral de acuerdo con los lineamientos del Plan de Participación Ciudadana:
Información resumen de cada tema de interés ciudadano
Ver Tableros de Control
Informes, observaciones y acciones de mejora
Ver Actas con informes, observaciones y acciones de mejora
Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS)
- Consejos Asesores Territoriales (CAT)
Los Consejos Asesores Territoriales son instancias de articulación entre los niveles nacionales y territoriales del PNIS desarrollando las siguientes funciones:
- Articular las orientaciones del PNIS con el nivel territorial, y recoger las iniciativas municipales y locales, con el fin de dar recomendaciones para la construcción de los PISDA.
- Apoyar en la identificación de necesidades y oportunidades territoriales para la formulación de los PISDA.
- Promover la integración de los PISDA a los Planes de Acción para la Transformación Regional (PATR) como visión del territorio.
Los Consejos Asesores Territoriales estarán compuestos por las autoridades nacionales, regionales y locales, representantes de las FARC-EP, reincorporados o en proceso de reincorporación a la vida civil, voceros o delegados de las comunidades que hacen parte de los Consejos Municipales de Planeación Participativa de los territorios afectados por la presencia de cultivos ilícitos y por la Dirección para la Sustitución de Cultivos de uso ilícito.
- Comisiones Municipales de Planeación Participativa (CMPP)
En cada municipio donde se desarrolle el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), la Comisión Municipal de Planeación Participativa será la instancia de coordinación entre las Asambleas Comunitarias y el PNIS, para la construcción de los PISDA, sin perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades públicas.
Las Comisiones Municipales de Planeación Participativa estarán integradas por:
- Un (1) delegado de las comunidades por cada núcleo veredal, elegido en Asamblea Comunitaria.
- Un (1) delegado de la Dirección para la Sustitución de Cultivos Ilícitos.
- Un (1) delegado de las FARC - EP reincorporado o en proceso de reincorporación a la vida civil.
- Un (1) delegado de la Alcaldía.
- Un (1) delegado del Departamento.
- Delegados residentes en la zona, de las organizaciones sociales con presencia en el territorio.
Son funciones de las Comisiones Municipales de Planeación Participativa:- Articular las diferentes propuestas de las Asambleas Comunitarias para construir el Plan Integral Comunitario y Municipal de Sustitución y Desarrollo Alternativo, PISDA.
- Articular con las autoridades locales y los Consejos Asesores Territoriales para la integración del PNIS a los Planes de Desarrollo Municipales y Departamentales, a los Planes de Ordenamiento y al PATR.
- Promover la participación de organizaciones sociales y los grupos poblacionales de los territorios afectados por cultivos de uso ilícito, con enfoque territorial, étnico y de género, en la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de los PISDA.
- Servir como canal de comunicación para la rendición de cuentas de forma periódica a las Asambleas comunitarias sobre el desarrollo de los PISDA.
- Armonizar, de acuerdo con lo concertado en las Asambleas comunitarias, los tiempos para el cumplimiento de los compromisos mutuos por parte del Gobierno Nacional y las comunidades en el marco del PNIS.
- Mantener interlocución directa con los Consejos Asesores Territoriales en torno a la implementación del PNIS y el PISDA.
- Integrar la visión municipal de las Asambleas Comunitarias para la articulación en los Consejos Asesores Territoriales.
- Socializar con las Asambleas comunitarias la visión de territorio emanada del Consejo Asesor Territorial.
- Apoyar y asesorar a las Asambleas comunitarias en las cuales se diseñarán los planes concertados de sustitución y recuperación ambiental de las áreas afectadas por cultivos de uso ilícito.
- Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento (CMES)
El Consejo Municipal de Evaluación y Seguimiento es la instancia encargada de realizar el seguimiento y la evaluación de la ejecución y cumplimiento de los planes comunitarios y planes municipales de sustitución y desarrollo alternativo -PISDA y los Planes de Atención Inmediata (PAI), y presentar informes a las Asambleas Comunitarias, a las Comisiones Municipales de Planeación Participativa y al Consejo Asesor Territorial. Lo anterior sin perjuicio de las funciones y competencias atribuidas a las diferentes autoridades públicas.
Los Consejos Municipales de Evaluación y Seguimiento estarán conformados por delegados de las Asambleas comunitarias, delegados de las autoridades nacionales, departamentales y municipales, y delegados de las FARC-EP reincorporados o en proceso de reincorporación a la vida civil, según los criterios que para el efecto establezca la Dirección del PNIS, a partir de las recomendaciones del respectivo Consejo Asesor Territorial.
Toda la información se publicará de manera trimestral de acuerdo con los lineamientos del Plan de Participación Ciudadana:
Información resumen de cada tema de interés ciudadano
Ver Tableros de Control
Informes, observaciones y acciones de mejora
Ver Actas con informes, observaciones y acciones de mejora
Herramienta de Acompañamiento a las Veedurías Ciudadanas

La Agencia de Renovación del Territorio (ART) comparte el micrositio de acompañamiento a veedurías ciudadanas de la Red de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y Función Pública, para que la ciudadanía haga vigilancia a los proyectos de su municipio PDET.
Allí encontrará los pasos para ejercer la veeduría, capacitación virtual, documentos de consulta, datos sobre los municipios y los proyectos, entre otros, que le permitirán hacer control social a la gestión pública. Ingrese acá.
Central de Información PDET
Desde la Agencia de Renovación del Territorio (ART) queremos mantener informadas a las comunidades campesinas y étnicas de los territorios que hacen parte de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), a las instancias encargadas de implementar el Acuerdo de Paz, a los actores movilizadores de las iniciativas PDET y a la ciudadanía en general sobre la transformación para la vida y la paz que están logrando estos territorios.
Para lograr este propósito, presentamos la Central de Información PDET, una herramienta tecnológica que permite conocer el avance de la implementación y hacer seguimiento a las iniciativas y proyectos PDET, con los que la entidad facilita los ejercicios de control social.

Encuesta de Canales de Participación Ciudadana de la ART
La ART invita a la ciudadanía a evaluar los espacios de participación de la Entidad, con el propósito de generar mejoras para garantizar este derecho.
