En este espacio la ciudadanía podrá encontrar publicados los proyectos normativos de actos administrativos para comentarios, los datos de contacto y el plazo para que los interesados se pronuncien. Igualmente, los comentarios recibidos y el documento de respuesta.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por medio de la cual se modifican los artículos 5 y 6 de la Resolución No. 141 de 2024, por la cual se establecen las condiciones y requisitos para la solicitud y expedición de la certificación de concordancia de los proyectos que se sometan a consideración del OCAD Paz con las iniciativas de los Planes de Acción para la Transformación Regional — PATR”.
El tiempo de publicación será de 5 días calendario con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 - Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia - cuyo inciso segundo señala que excepcionalmente las entidades que hagan parte de este sector podrán publicar los proyectos de resolución en menor tiempo, siempre y cuando sea razonable y ajustado a la necesidad de regulación. En este caso, es necesario en la medida en que ya se encuentra en curso la convocatoria 1 del plan de convocatorias de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías Bienio 2025-2026 adoptado mediante la Resolución No. 655 del 3 de marzo de 2025.
En tal sentido, el buzón electrónico en el que se recibirán las observaciones será adriana.marin@renovacionterritorio.gov.co, desde el viernes 30 de mayo hasta el martes 3 de junio de 2025.
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PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por la cual se adoptan medidas excepcionales para la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito –PNIS– en favor de núcleos familiares beneficiarios de los municipios de Tibú y Sardinata, afectados por desplazamiento forzado masivo o situaciones de confinamiento, identificados mediante declaración individual o a través de mecanismos excepcionales, conforme a la Ley 1448 de 2011, sus normas reglamentarias, y se dictan otras disposiciones”.
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Ver memoria justificativaPuede realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones del proyecto de resolución desde el 16 de mayo hasta el 23 de mayo de 2025 en el correo electrónico: pqrsDSCI@renovacionterritorio.gov.co.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por la cual se modifica y adiciona el artículo 2 de la Resolución 071 de 2025, con el fin de establecer los requisitos, términos y condiciones de postulación al pago por erradicación voluntaria de núcleos familiares tenedores, a cualquier título, de predios o parcialidades con presencia de cultivos de uso ilícito en el ámbito del Decreto legislativo 0180 de 2025, y se adoptan otras disposiciones”.
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Puede realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones del proyecto de resolución desde el 30 de abril hasta el 8 de mayo de 2025 en el correo electrónico: pqrsDSCI@renovacionterritorio.gov.co.PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por medio de la cual se modifica el artículo 6 de la Resolución No. 000141 del 15 de febrero de 2024, modificado por el artículo 2 de la Resolución No. 000360 del 24 de abril de 2024, “Por la cual se establecen las condiciones y requisitos para la solicitud y expedición de la certificación de concordancia de los proyectos que se sometan a consideración del OCAD Paz con las iniciativas de los Planes de Acción para la Transformación Regional – PATR y se deroga la Resolución No. 000111 de 2021”.
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Puede realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones del proyecto de resolución desde el 31 de marzo hasta el 7 de abril de 2025 en el correo electrónico: adriana.marin@renovacionterritorio.gov.co.PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por la cual se reglamenta parcialmente el artículo 9 de la Ley 2294 de 2023 y se crea el programa RenHacemos para la sustitución sostenible de cultivos de uso ilícito para el tránsito a economías lícitas”.
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Puede realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones del proyecto de resolución desde el 27 de marzo hasta el 3 de abril de 2025 en el formulario que se encuentra en el siguiente enlace:Ir al formulario
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por la cual se establece el procedimiento, términos y condiciones para el acceso al pago por erradicación voluntaria, se determinan los mecanismos de verificación conforme a los artículos 2, 3, 4 y 5 del Decreto 0180 de 2025, y se adoptan otras disposiciones”.
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En cumplimiento de los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución se publicó entre el 27 de febrero y hasta el 3 de marzo de 2025, en la sección de ‘Transparencia y Acceso a la Información Pública’ del sitio web de la ART, sección: ‘PROYECTOS DE ACTO ADMINISTRATIVO’, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 1081 de 2015, Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República, modificado por el Decreto 270 de 2017, y conforme los términos descritos en la Resolución 000423 de 2017, expedida por la Dirección General de la Agencia de Renovación del Territorio. Se deja constancia de que en el término descrito no se recibieron comentarios acerca del proyecto de norma.Para el caso de esta resolución, el término de publicación fue de cuatro (4) días calendario, en la medida que el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 - Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia - en el inciso segundo señala que excepcionalmente las entidades que hagan parte de este sector podrán publicar los proyectos de resolución por menor tiempo, siempre y cuando sea razonable y ajustado a la necesidad de regulación, lo que fue necesario porque se reglamentaban medidas urgentes y excepcionales en el marco del Decreto Legislativo 0180 de 2025, expedido con ocasión del estado de Conmoción Interior declarado conforme al Decreto 0062 de 2025.
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Ver Resolución 071 de 2025PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por medio de la cual se prioriza y se desarrollan las condiciones y requisitos para la solicitud y expedición de la constancia de alineación PDET-CATATUMBO para los proyectos de inversión que se presenten con cargo a los recursos de la Asignación para la Paz del Sistema General de Regalías sometidos a consideración del OCAD Paz de los municipios PDET de la subregión Catatumbo, durante el estado de conmoción interior de que trata el Decreto 0062 de 2025”.
El tiempo de publicación será de 3 días calendario (a partir del 1 de marzo de 2025) con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 - Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia - cuyo inciso segundo señala que excepcionalmente las entidades que hagan parte de este sector podrán publicar los proyectos de resolución en menor tiempo, siempre y cuando sea razonable y ajustado a la necesidad de regulación. En este caso, es urgente pues se regulan medidas definidas en el Decreto 062 del 24 de enero de 2025 que declaró el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo y otras.En tal sentido, el buzón electrónico en el que se recibirán las observaciones será pqrsdsci@renovacionterritorio.gov.co, desde mañana 1 de marzo hasta el lunes 3 de marzo de 2025.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por la cual se establece el procedimiento, términos y condiciones para el acceso al pago por erradicación voluntaria, se determinan los mecanismos de verificación conforme a los artículos 2, 3, 4 y 5 del Decreto 0180 de 2025, y se adoptan otras disposiciones”.
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Ver memoria justificativa
En cumplimiento de los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de resolución se publicó entre el 27 de febrero y hasta el 3 de marzo de 2025, en la sección de ‘Transparencia y Acceso a la Información Pública’ del sitio web de la ART, sección: ‘PROYECTOS DE ACTO ADMINISTRATIVO’, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 1081 de 2015, Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República, modificado por el Decreto 270 de 2017, y conforme los términos descritos en la Resolución 000423 de 2017, expedida por la Dirección General de la Agencia de Renovación del Territorio. Se deja constancia de que en el término descrito no se recibieron comentarios acerca del proyecto de norma.Para el caso de esta resolución, el término de publicación fue de cuatro (4) días calendario, en la medida que el artículo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015 - Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia - en el inciso segundo señala que excepcionalmente las entidades que hagan parte de este sector podrán publicar los proyectos de resolución por menor tiempo, siempre y cuando sea razonable y ajustado a la necesidad de regulación, lo que fue necesario porque se reglamentaban medidas urgentes y excepcionales en el marco del Decreto Legislativo 0180 de 2025, expedido con ocasión del estado de Conmoción Interior declarado conforme al Decreto 0062 de 2025.
Ver memoria justificativa final
Ver Resolución 071 de 2025PROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por medio del cual se modifica el artículo 5 de la Resolución No. 141 de 2024 con el fin de ampliar la vigencia de los certificados de concordancia de los proyectos que se someten a consideración del OCAD Paz con las iniciativas de los Planes de Acción para la Transformación Regional-PATR”.
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Puede realizar sus comentarios, sugerencias y observaciones del proyecto de resolución desde el 24 de diciembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 al correo electrónico: adriana.marin@renovacionterritorio.gov.coPROYECTO DE RESOLUCIÓN
“Por medio de la cual se establecen los supuestos de hecho y los criterios para la aplicación de tratamientos diferenciales en el acceso a los recursos disponibles por núcleo familiar en el Plan de Atención Integral del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito”.
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Respuesta observaciones al proyecto acto administrativo de resolución
PROYECTO DE RESOLUCIÓN“Por medio de la cual se establece el procedimiento de renegociación de la operación de los proyectos productivos de ciclo corto y largo del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito -PNIS- prevista en el parágrafo 5° del artículo 7° del Decreto-ley 896 de 2017, adicionado por el artículo 10° de la Ley 2294 de 2023”.
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Respuesta observaciones al proyecto acto administrativo de resolución
Participación ciudadana en la expedición de normas a través del SUCOP

La Agencia de Renovación del Territorio (ART) garantiza el cumplimiento estricto de las normas de publicidad y transparencia, conforme con las disposiciones de la Ley 1437 de 2011, el Decreto 1081 de 2015 y la Ley 1712 de 2014. Específicamente, la ART cumple con lo establecido en el numeral 8º del Artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, que exige la publicación de proyectos de actos administrativos generales, y con el Artículo 2.1.2.1.23 del Decreto 1081 de 2015, que regula la publicidad de proyectos normativos. Además, la ART publica la información señalada en los artículos 9º, 10º y 11º de la Ley 1712 de 2014.
En su compromiso con la participación ciudadana, la ART sigue rigurosamente los estándares y directrices de la Resolución No. 1519 de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y los plazos de publicación establecidos en la Resolución ART No. 000423 del 14 de junio de 2017 y la Circular 00006 de 2017. Estas medidas aseguran que los proyectos normativos sean accesibles al público y que se puedan recibir comentarios y aportes de la ciudadanía.
Es importante destacar que, debido a la ausencia de una disposición normativa que lo exija, la ART no está obligada a utilizar el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP); sin embargo, la Agencia cumple con sus obligaciones de publicidad y transparencia a través de su página web institucional, donde publica todos los proyectos normativos y facilita la participación ciudadana.
La ART asegura el cumplimiento de la normativa vigente en materia de publicidad y transparencia, garantizando el acceso a la información y la participación ciudadana en la expedición de normas, utilizando su página web como principal herramienta para cumplir con estas obligaciones.
